• Senadoras y senadores buscan actualizar la legislación para fortalecer la certeza jurídica y la modernización del sistema ferroviario y postal.
Las senadoras y los senadores del Partido Verde presentaron una iniciativa para reformar la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y la Ley del Servicio Postal Mexicano, con el fin de armonizar ambas legislaciones con la actual denominación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), al considerar necesario otorgar certeza jurídica y garantizar la correcta aplicación del marco normativo vigente.
Destacaron que su propuesta busca actualizar disposiciones legales que aún hacen referencia a la extinta Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para brindar certeza jurídica y garantizar congruencia con la estructura vigente de la Administración Pública Federal.
Los legisladores indicaron que el país enfrenta retos de movilidad que las carreteras ya no pueden resolver por sí solas, debido a la saturación de las rutas federales, los altos costos logísticos y el impacto ambiental del transporte de carga, lo que hace necesario replantear un sistema de movilidad eficiente, seguro y de bajo impacto ambiental.
Explicaron que el sistema ferroviario fue durante el siglo XIX y gran parte del XX uno de los pilares del desarrollo nacional; sin embargo, tras la privatización de 1995, el enfoque se concentró principalmente en el transporte de carga masiva, dejando rezagada la conectividad de pasajeros y la integración regional.
Asimismo, destacaron que el 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto de reformas en materia ferroviaria y de armonización normativa, mediante el cual se incorporó la nueva denominación de la SICT en diversos ordenamientos jurídicos.
No obstante, los legisladores ecologistas señalaron que aún persisten disposiciones sin actualizar en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y en la Ley del Servicio Postal Mexicano.
Es por ello, que su iniciativa propone reformar la fracción IV del artículo 2 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, para sustituir la referencia a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes por Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Los legisladores ecologistas señalaron que el Congreso de la Unión tiene la responsabilidad de garantizar que las leyes reflejen con precisión la estructura vigente de la Administración Pública Federal y que la armonización normativa fortalezca la correcta aplicación del marco jurídico en materia ferroviaria y postal.
- Se ha avanzado mucho en la atención de los pendientes en materia de igualdad, equidad y no discriminación, sin embargo, diversas leyes aún no cuentan con lenguaje incluyente en su texto.
Como parte de un paquete de reformas que buscan llevar a diversos ordenamientos el lenguaje inclusivo, la senadora Rocío Corona Nakamura presentó una iniciativa para reformar los artículos 13, 17 24, y 29 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para que dicha ley utilice el lenguaje incluyente, no discriminatorio y no sexista.
Reconoció que se ha avanzado mucho en la atención de los pendientes en materia de igualdad, equidad y no discriminación, sin embargo, diversas leyes aún no cuentan con lenguaje incluyente en su texto, por lo que explicó que realizó una iniciativa por cada uno de los ordenamientos, que, “aunque comparten el mismo espíritu, motivos y anhelos, la técnica legislativa nos conminaba, a que se hiciera en lo particular”.
Específicamente, la senadora destacó la urgencia de que en la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas exista el lenguaje de modo incluyente, no discriminatorio y no sexista, particularmente al referirse a “la persona titular de su presidencia”, de manera neutral y no con lenguaje machista, como un reconocimiento de la posibilidad de que dicho cargo sea utilizado tanto por hombres como por mujeres.
Y es que reconoció que el lenguaje por sí mismo no es discriminatorio, sino que su utilización y significación son los elementos que lo vuelven machista e incluso discriminatorio, al utilizar siempre el masculino genérico, además de que con la utilización del lenguaje, oral o escrito, se pueden reproducir roles o estereotipos que fundamentan o sostienen las desigualdades de género y, por tanto, constituyen actos discriminatorios.
Por ello, insistió en que, aunque parezca tema menor, es indispensable garantizar una redacción acorde con los principios de igualdad y no discriminación en la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y en diversos ordenamientos.
Agregó que además de ser este el objetivo que busca atender su iniciativa, también busca actualizarlo al cambiar el nombre de la Secretaría de la Función Pública la cual fue sustituida en el 2024 por la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno.
- En muchas ocasiones los adolescentes que trabajan están obligados a cumplir con periodos laborales extraordinarios, lo que afecta sus estudios y su salud.
- El matrimonio infantil sigue estando presente en muchas regiones de nuestro país como una práctica común y aceptada, pero tolerada a pesar del daño que hace.
Con la finalidad de garantizar el interés superior de la niñez y atender los peligros a los que se enfrentan en edades tempranas, la senadora Rocío Corona Nakamura propuso establecer la prohibición de laborar tiempo extraordinario a adolescentes que tienen la necesidad e trabajar, así como prohibir no solo el matrimonio infantil sino también el concubinato o institución equivalente o similar, más allá de los usos, costumbres o prácticas culturales.
En su propuesta, la senadora propone reformar los artículos 45 y 47 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para atender algunas de las amenazas que atentan contra niños y adolescentes, que en ocasiones tienen daños irreversibles.
En primer lugar, se refirió al trabajo infantil, que de acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) puede ocasionar afectaciones físicas y mentales tanto en esta etapa como en la edad adulta, además de que a quienes trabajan desde temprana edad, aunado a una baja escolaridad, a veces se les dificulta encontrar trabajos que no sean de tipo manual, de comercio o de servicio.
Agregó que en nuestro país la edad mínima legal para trabajar es de 15 años, y en muchas ocasiones los adolescentes que trabajan, a pesar de ser aún menores de edad, están obligados a cumplir con periodos laborales extraordinarios, lo que afecta sus estudios y su salud.
Explicó que si bien, en el artículo 5 de la Ley Federal del Trabajo, se prohíben las horas extraordinarias de trabajo para menores de 18 años, es necesario reforzar esta medida mediante su inclusión en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para coadyuvar en el propósito de que las autoridades tomen medidas para atender, prevenir y sancionar los casos en que adolescentes trabajen tiempo extraordinario.
Por otro lado, lamentó que el matrimonio infantil sigue estando presente en muchas regiones de nuestro país como una práctica común y aceptada, pero tolerada a pesar del daño que hace.
Agregó que a pesar de que esta práctica está prohibida en todo el país, las uniones tempranas continúan ocurriendo, particularmente en zonas rurales o de alta marginación, principalmente “disfrazadas” de otras formas de institución similar al matrimonio o concubinato, es decir, las “uniones informales o de hecho”, creando un vacío legal que permite eludir la prohibición y la responsabilidad en la que se incurre con el matrimonio infantil.
Finalmente, insistió en que se debe seguir trabajando en garantizar el interés supremo de la niñez, en cuidarlos, protegerlos y brindarles el apoyo necesario, por lo que se debe consolidar lo que se ha avanzado en áreas de erradicación del trabajo y el matrimonio infantil, plasmándolo en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, “para seguir robusteciéndola, enriqueciéndola, consolidando y también actualizándola”, recalcó
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