Senado
URGE LENGUAJE INCLUSIVO EN LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS: CORONA NAKAMURA

  • Se ha avanzado mucho en la atención de los pendientes en materia de igualdad, equidad y no discriminación, sin embargo, diversas leyes aún no cuentan con lenguaje incluyente en su texto.

Como parte de un paquete de reformas que buscan llevar a diversos ordenamientos el lenguaje inclusivo, la senadora Rocío Corona Nakamura presentó una iniciativa para reformar los artículos 13, 17 24, y 29 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para que dicha ley utilice el lenguaje incluyente, no discriminatorio y no sexista.

Reconoció que se ha avanzado mucho en la atención de los pendientes en materia de igualdad, equidad y no discriminación, sin embargo, diversas leyes aún no cuentan con lenguaje incluyente en su texto, por lo que explicó que realizó una iniciativa por cada uno de los ordenamientos, que, “aunque comparten el mismo espíritu, motivos y anhelos, la técnica legislativa nos conminaba, a que se hiciera en lo particular”.

Específicamente, la senadora destacó la urgencia de que en la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas exista el lenguaje de modo incluyente, no discriminatorio y no sexista, particularmente al referirse a “la persona titular de su presidencia”, de manera neutral y no con lenguaje machista, como un reconocimiento de la posibilidad de que dicho cargo sea utilizado tanto por hombres como por mujeres.

Y es que reconoció que el lenguaje por sí mismo no es discriminatorio, sino que su utilización y significación son los elementos que lo vuelven machista e incluso discriminatorio, al utilizar siempre el masculino genérico, además de que con la utilización del lenguaje, oral o escrito, se pueden reproducir roles o estereotipos que fundamentan o sostienen las desigualdades de género y, por tanto, constituyen actos discriminatorios.

Por ello, insistió en que, aunque parezca tema menor, es indispensable garantizar una redacción acorde con los principios de igualdad y no discriminación en la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y en diversos ordenamientos.

Agregó que además de ser este el objetivo que busca atender su iniciativa, también busca actualizarlo al cambiar el nombre de la Secretaría de la Función Pública la cual fue sustituida en el 2024 por la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno.

BUSCA CORONA NAKAMURA PROHIBICIÓN DE MATRIMONIO INFANTIL Y PERIODOS LABORALES EXTRAORDINARIOS EN ADOLESCENTES

  • En muchas ocasiones los adolescentes que trabajan están obligados a cumplir con periodos laborales extraordinarios, lo que afecta sus estudios y su salud.
  • El matrimonio infantil sigue estando presente en muchas regiones de nuestro país como una práctica común y aceptada, pero tolerada a pesar del daño que hace.

Con la finalidad de garantizar el interés superior de la niñez y atender los peligros a los que se enfrentan en edades tempranas, la senadora Rocío Corona Nakamura propuso establecer la prohibición de laborar tiempo extraordinario a adolescentes que tienen la necesidad e trabajar, así como prohibir no solo el matrimonio infantil sino también el concubinato o institución equivalente o similar, más allá de los usos, costumbres o prácticas culturales.

En su propuesta, la senadora propone reformar los artículos 45 y 47 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para atender algunas de las amenazas que atentan contra niños y adolescentes, que en ocasiones tienen daños irreversibles.

En primer lugar, se refirió al trabajo infantil, que de acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) puede ocasionar afectaciones físicas y mentales tanto en esta etapa como en la edad adulta, además de que a quienes trabajan desde temprana edad, aunado a una baja escolaridad, a veces se les dificulta encontrar trabajos que no sean de tipo manual, de comercio o de servicio.

Agregó que en nuestro país la edad mínima legal para trabajar es de 15 años, y en muchas ocasiones los adolescentes que trabajan, a pesar de ser aún menores de edad, están obligados a cumplir con periodos laborales extraordinarios, lo que afecta sus estudios y su salud.

Explicó que si bien, en el artículo 5 de la Ley Federal del Trabajo, se prohíben las horas extraordinarias de trabajo para menores de 18 años, es necesario reforzar esta medida mediante su inclusión en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para coadyuvar en el propósito de que las autoridades tomen medidas para atender, prevenir y sancionar los casos en que adolescentes trabajen tiempo extraordinario.

Por otro lado, lamentó que el matrimonio infantil sigue estando presente en muchas regiones de nuestro país como una práctica común y aceptada, pero tolerada a pesar del daño que hace.

Agregó que a pesar de que esta práctica está prohibida en todo el país, las uniones tempranas continúan ocurriendo, particularmente en zonas rurales o de alta marginación, principalmente “disfrazadas” de otras formas de institución similar al matrimonio o concubinato, es decir, las “uniones informales o de hecho”, creando un vacío legal que permite eludir la prohibición y la responsabilidad en la que se incurre con el matrimonio infantil.

Finalmente, insistió en que se debe seguir trabajando en garantizar el interés supremo de la niñez, en cuidarlos, protegerlos y brindarles el apoyo necesario, por lo que se debe consolidar lo que se ha avanzado en áreas de erradicación del trabajo y el matrimonio infantil, plasmándolo en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, “para seguir robusteciéndola, enriqueciéndola, consolidando y también actualizándola”, recalcó

PARTIDO VERDE BUSCA QUE INEGI EVALÚE POLÍTICAS SOCIALES RELACIONADAS CON LA NIÑEZ

  • El INEGI asumiría funciones antes desempeñadas por el CONEVAL en medición de pobreza y evaluación de políticas sociales vinculadas con la niñez.

Las y los senadores del Partido Verde presentaron una iniciativa para reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el propósito de armonizar la legislación vigente con las reformas constitucionales y legales que transfirieron al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) las funciones anteriormente desempeñadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en materia de medición de la pobreza y evaluación de la política social vinculada con la niñez.

La propuesta impulsada por los legisladores ecologistas, encabezados por el coordinador Manuel Velasco Coello, subraya la necesidad de actualizar el marco jurídico para garantizar claridad y precisión en la aplicación de las normas relacionadas con la protección de los derechos de la niñez y adolescencia.

Recordaron que en 2025 la presidenta Claudia Sheinbaum presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, mediante la cual se extinguió el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y sus funciones fueron reasignadas al INEGI.

Comentaron que, debido a estas modificaciones, resulta necesario actualizar las leyes que aún contemplan al CONEVAL como órgano autónomo encargado de la medición de la pobreza y de la evaluación de programas y acciones de desarrollo social.

Indicaron que dichas modificaciones respondieron a la necesidad de eficientizar el uso de los recursos públicos y mejorar los procesos relacionados con la medición de la pobreza y la evaluación integral de la política de desarrollo social.

Destacaron que las niñas, niños y adolescentes son sujetos plenos de derechos humanos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, instrumento internacional ratificado por México en 1990 y que obligó al Estado mexicano a adoptar medidas administrativas y legislativas para garantizar la protección integral de este sector de la población.

Por ello, la iniciativa del Partido Verde propone reformar los artículos 4, 130, 132 y 134 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para sustituir las referencias al CONEVAL por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Entre los cambios planteados, se establece que corresponderá al INEGI evaluar las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de la niñez y adolescencia. Asimismo, se propone que el Sistema Nacional de Protección Integral proporcione al instituto la información necesaria para la evaluación de las políticas de desarrollo social relacionadas con la protección de este sector de la población.

Finalmente, los legisladores subrayaron que mantener actualizada la legislación fortalece el Estado de derecho y permite reforzar la capacidad institucional para garantizar la protección integral de las niñas, niños y adolescentes en México.