- Actualmente la menstruación sigue siendo un tema lleno de estigmas, tabús y prejuicios, y marcadamente sigue siendo entre nuestra sociedad motivo de burla o vergüenza.
A fin de garantizar la salud menstrual como derecho humano, así como fomentar entornos escolares informados, respetuosos, y libres de estigmas, la senadora Rocío Corona Nakamura presentó una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley General de Educación, con el propósito de promover el acceso de las mujeres y las niñas a información y educación adecuadas y accesibles sobre la higiene menstrual.
Lamentó que actualmente la menstruación sigue siendo un tema lleno de estigmas, tabús y prejuicios, y marcadamente sigue siendo entre nuestra sociedad motivo de burla o vergüenza.
“No es posible que como sociedad, sigamos señalando a la menstruación como algo “malo”, como el “castigo por ser mujer”, como el pretexto favorito de chistes y burlas, de segregación y discriminación, como algo “sucio” y “deplorable””, reprochó la senadora.
Agregó que además, es un tema del que sigue habiendo una gran falta de información, ante lo que señaló que en una encuesta realizada por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el 69 por ciento de las adolescentes, mujeres y personas menstruantes encuestadas, tenía poca o nada de información cuando les llegó su primer período.
Ante este panorama, recordó que en el año 2023, UNICEF México resaltó la importancia de brindar herramientas e información adecuadas para que las niñas, adolescentes y personas que menstrúan puedan vivirla de una manera sana y digna, así como contribuir en la construcción de entornos libres de acoso y discriminación.
Por ello, la legisladora recalcó que la educación en salud menstrual debe incorporarse en la formación de niñas, niños y adolescentes, además de que hizo énfasis en que debe implementarse en espacios donde se sientan seguros y cómodos de participar.
Y es que aseguró que no solo las niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes deben contar con información sobre esta etapa, sino también hombres, personal escolar y personas facilitadoras del saneamiento deben contar con las herramientas necesarias, esto con la finalidad de hacer una sociedad más empática y consciente de la naturaleza del cuerpo humano.
La senadora reconoció que en nuestro país “no hemos sido capaces de ofrecer esos entornos libres de acoso y discriminación que nos permitan vivir una menstruación sana y digna”, por ello, explicó que su propuesta busca, entre otras acciones, facultar a las autoridades educativas a promover programas de educación y sensibilización en salud menstrual, orientados al bienestar físico, mental y social; incorporar en los contenidos de los planes y programas de estudio, educación que incluya la salud menstrual desde un enfoque científico, de igualdad y respeto; y facultar a las autoridades educativas a facilitar el acceso gratuito a productos de salud menstrual en los planteles educativos.
- La reforma busca garantizar que cualquier acto de violencia sexual contra menores sea atendido de manera inmediata y con pleno respeto a sus derechos
La diputada Celia Esther Fonseca Galicia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (GPPVEM), propuso reformar la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, con el objetivo de fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes frente a cualquier forma de violencia sexual, sin excepción por el ámbito donde ocurra ni por la investidura de quien la cometa.
Durante la presentación de su iniciativa, Fonseca Galicia, destacó que la propuesta parte de un principio fundamental, ningún espacio está por encima de la ley y ningún derecho puede ser utilizado como escudo para tolerar o encubrir delitos contra la niñez. En ese sentido, la reforma busca garantizar que cualquier acto de violencia sexual contra menores sea atendido de manera inmediata y con pleno respeto a sus derechos.
La propuesta establece la obligación expresa de notificar de forma inmediata a las autoridades competentes, tanto en materia de procuración de justicia como de protección de la niñez, cuando exista conocimiento de delitos cometidos contra niñas, niños o adolescentes.
Asimismo, se aborda de manera directa el tema del consentimiento, al dejar claro que en ningún caso el supuesto consentimiento de una persona menor de edad exime de responsabilidad penal, administrativa o civil a quien cometa un delito en su contra. La legisladora explicó que dicho consentimiento carece de validez jurídica cuando existe una relación de poder, autoridad o influencia moral o espiritual.
Durante su intervención, la legisladora subrayó que la violencia sexual infantil es una problemática que no admite ambigüedades ni silencios, y recordó que la mayoría de estos delitos se cometen por personas cercanas y de confianza, incluyendo entornos familiares, sociales, deportivos y también religiosos. Señaló que, pese a los avances legislativos, persiste una deuda histórica con la niñez que exige acciones firmes y claras.
La diputada Fonseca puntualizó que esta reforma no criminaliza creencias ni persigue instituciones religiosas, sino que protege personas y fortalece la legalidad, estableciendo responsabilidades claras para prevenir y sancionar la violencia sexual infantil, sin estigmatizaciones ni excepciones.
Finalmente, hizo un llamado a las y los legisladores a asumir la responsabilidad colectiva que implica legislar en favor de la niñez, recordando que cada caso no denunciado y cada agresor que evade la justicia representa una herida profunda para la sociedad.
- Aseguró que, con su circulación, se pone en riesgo no sólo la integridad de las mercancías, sino la vida de los operadores y la vida de todos los usuarios de los caminos del país.
Con la finalidad de garantizar la seguridad de los usuarios de carreteras federales, así como de los propios conductores de vehículos de autotransporte de carga con dos o más remolques o semirremolques, la senadora Rocío Corona Nakamura, del Partido Verde, presentó una propuesta para prohibir el uso de éstos para la prestación de servicios de autotransporte de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos.
Reconoció que si bien se trata de un sector imprescindible para el transporte de diversos materiales, así como para la economía del país, considerando que al cierre del año 2021, circulaban en nuestro país un millón 201 mil 53 vehículos al servicio del autotransporte de carga, no ha estado exento de sufrir carencias y pendientes.
Aseguró que estos pendientes no se han atendido debidamente o han sido pospuestos por diversos y condenables intereses, pero que su atención se ha convertido en urgente e incluso amenazante para la seguridad de los usuarios de carreteras y avenidas en todo el país.
Dijo que una de las omisiones que más controversia ha generado, además de que ha ocasionado accidentes desafortunados e incluso mortales, es el consentimiento o tolerancia de la circulación a lo largo y ancho de las vías generales de comunicación, de vehículos de autotransporte federal de carga llamados de doble remolque.
Explicó que si bien en el artículo 35 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal se establece la obligatoriedad de la verificación técnica de las condiciones físicas y mecánicas de las unidades de autotransporte federal, en muchos casos no cuentan con las condiciones físico-mecánicas requeridas para su circulación segura, siendo en muchas ocasiones vehículos en malas o deplorables condiciones, llegando incluso a obsoletas.
Agregó que se suma la antigüedad promedio de la flota vehicular de carga en nuestro país, que es de 19 años, pero hay registro de unidades con una antigüedad de entre 38 y 50 años, sin contar además el posible error humano de quienes conducen estas unidades.
Señaló además que México es uno de los países que permite los mayores límites máximos de carga, ya que de acuerdo a las últimas reformas realizadas a la NOM-012, se permite una carga máxima para los doble remolque de 66.5 toneladas de carga, misma que puede ser excedida hasta las 83.4 toneladas, únicamente del peso de la carga, ya que a esto se debe agregar un peso aproximado de 30.4 toneladas de peso de la unidad vehicular.
Insistió en que sumando todas estas omisiones se pone en riesgo no sólo la integridad de las mercancías, sino la vida de los operadores, además de la vida de todos los usuarios de los caminos del país.
Puso como ejemplo lo sucedido el pasado 10 de septiembre en la alcaldía Iztapalapa de la Ciudad de México, en donde una pipa que no era de doble remolque, pero con una capacidad de carga de 49 mil litros de gas, explotó después de volcarse sobre su costado, dejando hasta el 28 de septiembre, un total de 31 muertos, 13 hospitalizados y 40 personas lesionadas.
Por ello, finalmente insistió en que por cuestiones de seguridad para transportistas, los productos que llevan, además de las personas que transitan junto a estas unidades, el uso del doble remolque debe de estar prohibido en todo el país.












