BUSCA RAMÍREZ MARÍN REFORZAR PROTECCIÓN A MENORES DE EDAD OBLIGADOS A PEDIR DINERO

  • Detrás de una parte de esas niñas y niños no hay únicamente una familia en situación de pobreza, sino personas que obtienen un beneficio económico, administran los puntos, fijan horarios y recogen lo recaudado.

El senador Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Verde, presentó una iniciativa para atender la cada vez más frecuente situación en la que menores de edad piden limosna en la calle, siendo vigilados por adultos que obtienen un beneficio económico de su colocación en la vía pública, para lo que propone adicionar un párrafo cuarto al artículo 24 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Explicó que en los cruceros, semáforos, camellones y vialidades permanecen niñas, niños y adolescentes que piden dinero, limpian parabrisas, venden mercancías o ejecutan actos de destreza entre vehículos en movimiento, lamentó que su presencia se ha normalizado hasta volverse parte del paisaje urbano, y aseguró que esa normalización es una forma de tolerancia social frente a una vulneración grave de derechos.

Aseguró que detrás de una parte de esas niñas y niños no hay únicamente una familia en situación de pobreza, sino personas que obtienen un beneficio económico, administran los puntos, fijan horarios y recogen lo recaudado, lo cual tiene un nombre en el orden jurídico mexicano: explotación de la mendicidad ajena.

Detalló que si bien existe el tipo penal en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas, en el artículo 13 se explica que cuando se habla de trata sexual de menores, no se debe pedir como prueba la demostración de que la víctima no lo hizo por su voluntad, sino amenazada.

Sin embargo, en el artículo 24 solamente dice: “Será sancionado con prisión de cuatro a nueve años y de 500 a dos mil días de multa quien utilice una persona para realizar actos de mendicidad”, pero detalló que la ley no menciona la responsabilidad de demostrar que está actuando bajo amenaza o por el uso de la fuerza, por lo que la supuesta decisión de realizar esta acción sigue cayendo en la víctima.

“El problema es la deficiente construcción técnica del tipo, que genera una duda interpretativa sobre sus elementos y que, en la práctica, se resuelve en perjuicio de la víctima y en beneficio de quien la explota”, afirmó.

“Lo que propongo, simple y sencillamente es que se agregue un párrafo y que le demos a estos menores el mismo tratamiento que le damos cuando se trata de delitos sexuales”, dijo el senador y explicó que si “una niña de nueve años recibe una protección penal reforzada si es explotada sexualmente, y una protección penal debilitada si es explotada mediante mendicidad, pese a que en ambos supuestos la incapacidad de consentir es exactamente la misma y deriva de la misma causa, que es su condición de persona menor de edad”, se trata de una asimetría carente de justificación.