Con su venia diputada presidenta.

Esta reforma que estamos discutiendo hoy, es parte del paquete de justicia cotidiana enviado por el Ejecutivo federal hace unos meses y se deriva del diagnóstico del funcionamiento del Sistema de Impartición de Justicia en materia administrativa, elaborado por el CIDE.

Una institución académica, seria, una institución que suele hacer estudios que valen la pena y recomendaciones como la que hoy se atiende, que valen la pena. Este estudio que menciono tiene como objetivo identificar problemas de primer orden como la dilación, la falta de seguridad jurídica y de acceso a la justicia, la excesiva ligioticidad y la ineficacia de la ejecución.

De dicho estudio se desprende la duración promedio de los asuntos analizados, fue de 145 días hábiles para notificar la primer instancia; de 206 días hábiles para resolver el recurso de revisión, en segunda instancia.

Esto deja claro que aunque hay quienes prefieren mantener el statuos qúo en materia de justicia urgen cambios, y lo que hoy estamos proponiendo y estamos discutiendo, pretende cambiar elementos de justicia, que hoy hacen inaccesible la misma para los ciudadanos.

Aunado que además, hay que decir en materia de justicia cotidiana, impulsada por el presidente Peña Nieto y por el CIDE, se advirtió que los ciudadanos que acuden a los tribunales de justicia fiscal y administrativa, refieren que los procedimientos son excesivamente formalistas, lentos y costosos.

Es decir, que en materia de impartición de justicia, nuestra realidad es concebida como la falta de mecanismos efectivos para dar solución a los conflictos, lo que genera  incentivos para la justicia por propia mano, la intervención de terceros que se benefician de las controversias, o simplemente para dejar a las personas en virtual estado de desprotección y, por consiguiente, generar alicientes para la impunidad.

Como lo dijo el Presidente en su mensaje del 27 de noviembre de 2014: "La justicia no se agota en el ámbito penal. Hay una justicia olvidada, la justicia cotidiana, aquella que demanda la mujer, a quien le niegan el divorcio, el trabajador al que no le pagan su salario, o quien no puede cobrar una deuda... Esta justicia suele ser lenta, compleja y costosa, lo que provoca que la mayoría de los mexicanos no puedan acceder a ella con facilidad."

Y hay que decirlo,  esta es la justicia que afecta el día a día del ciudadano, y es que ello no es menor si tomamos en cuenta que la cantidad de casos en materia civil-familiar y mercantil es siete veces mayor a los casos en materia penal.

Para que los órganos judiciales, contenciosos y administrativos actúen de manera pronta y expedita, deben de contar con leyes procesales, con plazos razonables, con una administración y gestión eficiente y que se dote a los usuarios de información necesaria para que conozcan los costos y beneficios de acudir a tal o cual procedimiento.

En este sentido, el diagnóstico del CIDE, recomienda generar un modelo procesal que permita resolver de forma eficiente los casos según su complejidad, a través de procedimientos más ágiles y eficaces. En resumen, el juicio de resolución exclusiva que hoy se propone es una opción con la que se pretende  favorecer el acceso a la justicia con los siguientes beneficios:

Sólo se podrán hacer valer cuestiones relativas al fondo del asunto, excluyendo, en todo momento, cualquier argumento formal o de procedimiento y solamente se conocerá del fondo de algunos procedimientos fiscales.

Las pruebas se ofrecen al momento de presentar o contestar la demanda; es decir, desde el principio. No se exigirá al contribuyente que garantice el crédito fiscal durante la tramitación del juicio. Lo cual permite al demandante ejercer actos de defensa sin que le implique un gravamen extra. En todo momento se prevé la oralidad del procedimiento.

Además, este procedimiento es opcional, es decir el ciudadano puede escoger entre ésta o la forma tradicional de hacer justicia. Por ello,  contrario a lo que dijo la diputada que me antecedió, no se viola ningún derecho, se dan opciones de justicia  a los ciudadanos.

Este procedimiento además, responde a una clase de procedimientos expeditos que contribuyen a la sustanciación d juicios de manera ágil, pero en el que se respetan las formalidades esenciales del procedimiento.

Esta modalidad del juicio fortalece el derecho humano a recursos judiciales efectivos. Y justamente, porque el artículo 17 constitucional habla sobre el derecho al acceso a una justicia pronta y expedita.  Es que estas propuestas que hoy discutimos y que hoy se aprobarán, contribuyen a garantizar el principio constitucional.  Además, de que se encuentra en concordancia con todos los tratados internacionales, como el Pacto Nacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En suma, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México apoyamos esta reforma, pues consideramos que contribuye a satisfacer una demanda de efectivo acceso a la justicia

Es cuanto diputada presidenta.


PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO