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PROPONE PARTIDO VERDE REFORMA PARA HACER CUMPLIR LA REPARACIÓN DEL DAÑO A LAS VÍCTIMAS DE DELITO

  • Se busca que las partes puedan suscribir acuerdos reparatorios en casos de delitos culposos, delitos perseguibles por querella o delitos patrimoniales no violentos.

La diputada Ruth Maricela Silva Andraca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, propuso reformar los artículos 140 y 153 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de hacer cumplir la reparación integral del daño a las víctimas de delito.

La legisladora ecologista explicó que, aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que las víctimas y ofendidos de un delito tienen derecho a recibir la reparación del daño, en la práctica, el ejercicio de este derecho enfrenta importantes desafíos, especialmente cuando el sentenciado manifiesta que no cuenta con los recursos necesarios para cumplir con ello o evade la acción de la justicia.

Añadió que esta situación coloca a la víctima en un estado de vulnerabilidad e indefensión, además de que resalta las dificultades del sistema penal para garantizar efectivamente este derecho.

En su propuesta, destaca que entre las limitaciones recurrentes para cumplir con la reparación del daño está la insolvencia del sentenciado, quien a menudo carece de bienes o recursos para cumplir con la obligación y montos elevados de reparación, que en ciertos delitos económicos y patrimoniales superan ampliamente la capacidad del sentenciado.

Asimismo, la imposibilidad de generar ingresos durante el cumplimiento de la condena, que limita aún más la capacidad del sentenciado para cumplir con la reparación y, la ejecución de las autoridades para localizar y asegurar bienes o recursos del responsable.

Silva Andraca resaltó que en México diversos autores consideran que la reparación del daño a las víctimas no se cumple plenamente, ya que dicha responsabilidad, en la práctica, se ha burocratizado, limitándose a un trámite administrativo posterior a un fallo judicial para otorgar una mera indemnización económica, o representada en dinero en caso de existir daños materiales e inmateriales, lo cual evidencia, por un lado, un desdén hacia las víctimas y las violaciones a derechos humanos y, por el otro, existe una violación sistemática al derecho de acceso a la justicia, lo cual incrementa gravemente la impunidad.

Resaltó que, por ello, don la reforma a los artículos 140 y 153 se amplían las oportunidades para que las partes puedan suscribir salidas alternas ante el ministerio público, permitiendo el acceso a acuerdos reparatorios en casos de delitos culposos, delitos perseguibles por querella o delitos patrimoniales no violentos. “Esta medida contribuye, además, a reducir la carga de trabajo en los juzgados, especialmente en audiencias iniciales”, señaló la diputada.

Añadió que con una adición al Código Nacional de Procedimientos Penales se podrá asegurar una verdadera igualdad de condiciones entre las partes, sin que ello implique vulneración de algún derecho humano.

De acuerdo con la reforma, tanto en el artículo 140 como en el 153, se añade que “se deberá solicitar al inculpado la reparación del daño a la víctima u ofendido”.

PROPONE PARTIDO VERDE REFORMA PARA HACER CUMPIR LA REPARACIÓN DEL DAÑO A LAS VÍCTIMAS DE DELITO

  • Se busca que las partes puedan suscribir acuerdos reparatorios en casos de delitos culposos, delitos perseguibles por querella o delitos patrimoniales no violentos.

La diputada Ruth Maricela Silva Andraca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, propuso reformar los artículos 140 y 153 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de hacer cumplir la reparación integral del daño a las víctimas de delito.

La legisladora ecologista explicó que, aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que las víctimas y ofendidos de un delito tienen derecho a recibir la reparación del daño, en la práctica, el ejercicio de este derecho enfrenta importantes desafíos, especialmente cuando el sentenciado manifiesta que no cuenta con los recursos necesarios para cumplir con ello o evade la acción de la justicia.

Añadió que esta situación coloca a la víctima en un estado de vulnerabilidad e indefensión, además de que resalta las dificultades del sistema penal para garantizar efectivamente este derecho.

En su propuesta, destaca que entre las limitaciones recurrentes para cumplir con la reparación del daño está la insolvencia del sentenciado, quien a menudo carece de bienes o recursos para cumplir con la obligación y montos elevados de reparación, que en ciertos delitos económicos y patrimoniales superan ampliamente la capacidad del sentenciado.

Asimismo, la imposibilidad de generar ingresos durante el cumplimiento de la condena, que limita aún más la capacidad del sentenciado para cumplir con la reparación y, la ejecución de las autoridades para localizar y asegurar bienes o recursos del responsable.

Silva Andraca resaltó que en México diversos autores consideran que la reparación del daño a las víctimas no se cumple plenamente, ya que dicha responsabilidad, en la práctica, se ha burocratizado, limitándose a un trámite administrativo posterior a un fallo judicial para otorgar una mera indemnización económica, o representada en dinero en caso de existir daños materiales e inmateriales, lo cual evidencia, por un lado, un desdén hacia las víctimas y las violaciones a derechos humanos y, por el otro, existe una violación sistemática al derecho de acceso a la justicia, lo cual incrementa gravemente la impunidad.

Resaltó que, por ello, don la reforma a los artículos 140 y 153 se amplían las oportunidades para que las partes puedan suscribir salidas alternas ante el ministerio público, permitiendo el acceso a acuerdos reparatorios en casos de delitos culposos, delitos perseguibles por querella o delitos patrimoniales no violentos. “Esta medida contribuye, además, a reducir la carga de trabajo en los juzgados, especialmente en audiencias iniciales”, señaló la diputada.

Añadió que con una adición al Código Nacional de Procedimientos Penales se podrá asegurar una verdadera igualdad de condiciones entre las partes, sin que ello implique vulneración de algún derecho humano.

De acuerdo con la reforma, tanto en el artículo 140 como en el 153, se añade que “se deberá solicitar al inculpado la reparación del daño a la víctima u ofendido”.

 

PROPONE PARTIDO VERDE DECLARAR EL 19 DE NOVIEMBRE COMO “DÍA NACIONAL DE LA MUJER EMPRENDEDORA”

  • Fundamental reconocer a las mujeres que participan en este tipo de actividad aun con las barreras a las que se enfrentan

Con el objetivo de reconocer a las mujeres que inician un negocio y contribuir al empoderamiento femenino, la diputada del Partido Verde, María Luisa Mendoza Mondragón, propuso declarar el 19 de noviembre de cada año como “Día Nacional de la Mujer Emprendedora”.

La diputada ecologista señaló que la conmemoración de este día es fundamental para reconocer a las mujeres que participan en este tipo de actividad y que se involucran en el ámbito empresarial a pesar de las barreras a las que se enfrentan, tales como la falta de acceso a financiamientos, la discriminación de género y la tradicional división sexual del trabajo que continúa feminizando muchas labores, en especial las domésticas y de cuidados.

De acuerdo con la Radiografía del Emprendimiento en México: Edición Mujeres 2021, realizada por la Asociación de Emprendedores de México (ASEM) y la Fundación Friedrich Naumann, en México sólo el 37 por ciento de los negocios son creados por mujeres, quienes afirman que lo abrieron ante la falta de empleo y por la necesidad de aumentar su entrada de dinero.

El estudio realizado por el ASEM, también señala que los emprendimientos creados por mujeres tienen un promedio de vida de 5 años, menor que el de los negocios creados por hombres, y el 31 por ciento de sus emprendimientos no cuentan con herramientas digitales, en comparación con el 21 por ciento de los que son manejados por hombres.

“De este modo, las brechas de desigualdad se acrecientan de tal manera que las mujeres suelen recurrir a emprendimientos en la informalidad, en lugar de establecer una tienda física con todas las adaptaciones requeridas”, afirmó la legisladora.

Mendoza Mondragón recordó que, en el 2016, se decretó el 3 de octubre como el “Día Nacional del Emprendedor”, aunque, mencionó, por su expresión gramatical parece excluir a las mujeres. Por ello, considero importante designar un día específico para las mujeres emprendedoras para visibilizar su labor y reconocer su importancia en la economía del país.