*En nuestro país, más del 70 por ciento de los animales domésticos o silvestres son agredidos
Penas de hasta ocho años de cárcel y el equivalente de doscientos a dos mil días multa a quien realice actos de tortura, maltrato o crueldad a un animal de cualquier especie que no constituya plaga, propuso el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados (GPPVEM).
Con ello, la sanción pasaría de seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de 200 a dos mil días de multa, cómo lo contempla la legislación actual, a una pena de dos a ocho años de cárcel y se aplicaría la misma multa, de acuerdo con la propuesta de reforma al artículo 419 Bis del Código Penal Federal, impulsada por la diputada Ana Laura Huerta Valdovinos.
La legisladora ecologista expuso que, en nuestro país, la figura del maltrato o crueldad hacia los animales ha sido adoptada por la mayoría de las legislaciones locales, pero aún falta plasmarla en el ámbito federal pues se estima que casi 70 por ciento de los animales domésticos y silvestres son agredidos en los hogares.
Ello incluye no sólo a los animales de producción, de trabajo, sino los que son utilizados en espectáculos, los que se encuentran en exhibición, los usados en la enseñanza e investigación y los de compañía.
Dicho maltrato, que llega a la mutilación y el sacrificio, se da porque "en pleno siglo XXI, siguen existiendo ideas como la de considerar a los animales como simples objetos, sin capacidad de sentir y sufrir como el ser humano".
Ante ello, Huerta Valdovinos propuso incluir en la legislación federal penas más severas para castigar desde el abandono y la mutilación, hasta el abuso sexual, las peleas de perros y el sacrificio perverso.
También serán castigados quienes los mutilen aún con fines estéticos; quienes los intervengan quirúrgicamente sin anestesia o cuando la persona no tenga título de médico o veterinario; quienes experimenten con ellos pudiendo utilizar otros métodos de investigación y quienes los abandonen poniendo en riesgo su integridad física.
La pena se aplicará también a quienes los lastimen o arrollen intencionalmente o los maten por el ánimo de perversidad o diversión; a quienes los entrenen para peleas de exhibición y espectáculo; a quienes los tengan en sitios inadecuados y a quienes realice cualquier acto que revele abuso sexual.