- La iniciativa busca que, tratándose de la revocación por daño a ecosistemas, no pueda otorgarse una nueva concesión hasta que hayan transcurrido diez años.
- Un segundo objeto de la iniciativa es garantizar el libre acceso a la zona federal marítimo-terrestre y a las playas.
Con la finalidad de desincentivar el daño ecosistémico que se realice derivado de una concesión, las y los senadores del Partido Verde presentaron una iniciativa para adicionar un párrafo al artículo 76 de la Ley General de Bienes Nacionales para que, tratándose de la revocación por daño a ecosistemas, no pueda otorgarse una nueva concesión hasta que hayan transcurrido diez años y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales acredite la regeneración del ecosistema dañado.
Los senadores ecologistas explicaron que la Ley General de Bienes Nacionales regula el patrimonio inmobiliario federal y los bienes nacionales, además de que en esta ley se especifica que las concesiones sobre inmuebles federales pueden extinguirse, entre otras causas, por revocación, que puede realizarse debido al daño a ecosistemas derivado del uso, aprovechamiento o explotación del inmueble concesionado.
Sin embargo, detallaron que la revocación solo se limita en concluir el título afectado y recuperar el bien, pero no establece un periodo específico durante el cual la persona responsable quede impedida para recibir una nueva concesión, lo que, consideraron, puede debilitar el efecto preventivo de la norma, pues permite que quien ocasionó el daño se coloque, sin un plazo legal especial, en aptitud de solicitar otro título concesional.
Añadieron que el objetivo de su iniciativa tiene particular importancia en los bienes nacionales ubicados en costas, ya que según la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), los ecosistemas marino-costeros brindan servicios esenciales como la protección costera, captura y almacenamiento de carbono, regulación climática y provisión de hábitat para especies clave; al mismo tiempo, en estas regiones confluyen actividades como pesca, acuicultura, turismo, transporte marítimo, desarrollo urbano, industria y agricultura, que generan presiones significativas y requieren una gestión integral.
Además, explicaron que la Ley General de Bienes Nacionales reconoce a las playas y a la zona federal marítimo terrestre como bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, y los propietarios de terrenos colindantes deberán permitir el libre acceso a la zona federal marítimo-terrestre y a las playas a través de los accesos que convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por lo que dijeron que un segundo objeto de la iniciativa es garantizar que ese acceso se permita de forma gratuita y sin condiciones.
La precisión busca impedir que el paso de las personas usuarias quede sujeto a cobros, consumos mínimos, contratación de servicios, membresías, horarios arbitrarios u otras exigencias privadas.
Finalmente, recalcaron que impedir temporalmente el otorgamiento de una nueva concesión cumple una función de garantía de no repetición dentro del ámbito administrativo patrimonial.









