- Llama a reforzar las acciones para proteger la salud dentro de todos los inmuebles legislativos.
- El tabaco causa más de 7 millones de muertes al año en el mundo; en México, 14.3 millones de personas lo consumen.
El senador Jorge Carlos Ramírez Marín presentó Punto de Acuerdo para exhortar a ambas Cámaras del Congreso de la Unión a continuar y fortalecer el proceso de reconocimiento de todos los inmuebles de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores como espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, debido a que el Poder Legislativo debe dar ejemplo en el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de salud pública.
Ramírez Marín advirtió que el tabaquismo representa uno de los principales problemas de salud pública a nivel mundial, debido a que se le relaciona con diversos tipos de cáncer, enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias, diabetes y problemas de salud mental.
De acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el tabaco provoca la muerte de más de 7 millones de personas cada año en el mundo, entre ellas cerca de 1.6 millones que no consumen tabaco, pero están expuestas al humo ajeno.
En el caso de México, actualmente 14.3 millones de personas fuman tabaco, lo que representa el 15.3 por ciento de la población nacional, según datos de la Encuesta Global de Tabaquismo en Adultos (GATS).
Explicó que, entre 2009 y 2023, se observó una disminución en la exposición al humo de tabaco en hogares y espacios públicos; sin embargo, ésta permanece elevada en bares y clubes nocturnos, con un 70.3 por ciento.
El legislador recordó que la Ley General para el Control del Tabaco fue reformada en 2022 para reconocer los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, incluyendo lugares de trabajo, transporte público, espacios de concurrencia colectiva y centros educativos.
En ese sentido, destacó que, aunque desde 2021 y 2023 se han impulsado reformas para reconocer al Congreso de la Unión y al Senado de la República como espacios libres de humo de tabaco y emisiones, dichas propuestas no concluyeron su trámite legislativo.
Por ello, planteó continuar y fortalecer estos esfuerzos, tomando como referencia el protocolo vigente de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones (CONASAMA), para el reconocimiento de espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, el cual establece lineamientos y procedimientos para su correcta implementación en espacios públicos y privados.
- Aunque la ley otorga facultades a los municipios para regular y prestar el servicio de alumbrado público, no establece explícitamente la facultad relacionada con la prestación de ese servicio, es decir, el cobro del derecho correspondiente, sino solamente establece la facultad para proponer cuotas y tarifas aplicables.
El senador Virgilio Mendoza Amezcua, del Partido Verde, presentó una iniciativa que busca reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para dotar de certeza jurídica a los municipios para financiar el servicio de alumbrado público; proteger la hacienda pública municipal frente a riesgos de inconstitucionalidad y devoluciones masivas; y asegurar que los derechos que se cobren se destinen de manera directa, exclusiva y transparente al servicio de alumbrado público.
Explicó que su propuesta pretende definir que la hacienda del municipio se formará, entre otros, por ingresos y derechos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo, precisando que estos deberán establecerse en ley, y que tratándose de los derechos deberán tener proporcionalidad entre el costo y el servicio efectivamente prestado bajo los principios de transparencia y rendición de cuentas.
Recordó que actualmente la Constitución Política en su artículo 115 dispone que los municipios manejarán su patrimonio conforme a la Ley y los dota de la facultad reguladora para organizar la administración pública municipal y reglamentar las materias, los procedimientos, las funciones y los servicios públicos que son de su competencia, se les acredita la libre administración de su hacienda, y faculta a los ayuntamientos a proponer a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas que aplicarán a los derechos que cobren.
Sin embargo, detalló que aunque la ley otorga facultades a los municipios para regular y prestar el servicio de alumbrado público, no establece explícitamente la facultad relacionada con la prestación de ese servicio, es decir, el cobro del derecho correspondiente, sino solamente establece la facultad para proponer cuotas y tarifas aplicables.
Recalcó que la precisión del cobro del derecho en la ley es indispensable porque se trata de un servicio que debe prestarse continuamente y que le implica costos al ayuntamiento, además de que la ausencia de precisión constitucional respecto de la facultad municipal para establecer el cobro de derechos por los servicios públicos, como es el servicio de alumbrado público, ha generado interpretaciones restrictivas y conflictos legales recurrentes.
Por ello, destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado la invalidez de diversas reformas a las Leyes de ingresos municipales que invaden la competencia exclusiva de la Federación para gravar la energía eléctrica.
Afirmó que para brindar certidumbre jurídica y evitar que en el cobro de tarifas se invadan competencias exclusivas de la Federación, se debe reformar el segundo párrafo de la fracción 11 del artículo 115 constitucional para establecer que los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general que aprueben los ayuntamientos para regular, entre otros, los servicios públicos de su competencia serán en términos de las leyes fiscales aplicables.
Agregó que también se busca precisar que la hacienda del municipio se formará, entre otros, por los derechos por los servicios públicos que presten, precisando que estos deberán establecerse en ley, guardar proporcionalidad con el costo del servicio prestado y sujetarse a principios de transparencia y rendición de cuentas en su determinación y aplicación, a su cargo.
• Mejorar las condiciones laborales y de aprendizaje del personal médico residente es fundamental para consolidar un sistema de salud digno y eficaz.
La senadora Rocío Corona Nakamura presentó un Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud del Ejecutivo Federal a garantizar, en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, condiciones dignas de trabajo y aprendizaje para las y los médicos residentes, así como supervisar el cumplimiento de la NOM-001-SSA-2023 en materia de condiciones laborales dignas para este sector médico.
Destacó la importancia de fortalecer la protección del personal médico residente, al señalar que desempeñan funciones esenciales en la atención médica, bajo jornadas altamente demandantes y, pese a la relevancia de su labor, continúan registrándose deficiencias en el cumplimiento de sus derechos laborales y condiciones de aprendizaje.
Afirmó que las y los médicos residentes representan el futuro del sistema nacional de salud y son quienes, con entrega, sacrificio y vocación, sostienen guardias interminables, enfrentan emergencias críticas y se forman en medio de la presión y la fatiga. Por ello, subrayó la obligación moral y jurídica de garantizarles un entorno digno, seguro y humano, donde su aprendizaje no implique riesgos para su vida ni la vulneración de sus derechos más elementales.
De acuerdo con cifras oficiales, en México existen al menos 47 mil 767 médicos residentes, dentro de un universo conformado por 86 mil 524 médicos generales y familiares, 106 mil 294 médicos especialistas, 170 mil 752 enfermeras generales y 42 mil 649 enfermeras especialistas, entre otros integrantes del sector salud.
La legisladora citó el estudio “Exploración sobre el grado de cumplimiento de los derechos de los médicos residentes en México”, elaborado en 2024 por la Facultad de Medicina de la UNAM, en el que participaron 678 médicos residentes de todo el país y cuyos resultados identificaron problemas relacionados con asistencia médica, supervisión, violencia y observancia de derechos básicos. El estudio reportó que el 33.7 por ciento de los residentes presentó un índice de cumplimiento de derechos de 0.5 o menor.
En ese sentido, hizo un llamado a las autoridades responsables en materia de salud, trabajo y derechos humanos a garantizarles mejores condiciones laborales, mediante el respeto a sus garantías individuales y laborales, el acceso a apoyo psicológico y acompañamiento emocional, así como un trato digno, respetuoso y libre de violencia, discriminación, acoso, abuso o maltrato, con la finalidad de fortalecer la atención médica y el bienestar del personal residente.
Finalmente, Corona Nakamura sostuvo que fortalecer las condiciones laborales y de aprendizaje del personal médico residente resulta indispensable para consolidar un sistema de salud que responda a las necesidades de la población y garantice atención médica digna.












