Senadora Marcela Guerra, Presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores, América del Norte

Senador Ricardo Barroso Agramont, Presidente de la Comisión de Marina

Señoras y señores:

El día de hoy nos reunimos para analizar y discutir el Tratado entre México y Estados Unidos sobre la Delimitación de la Frontera Marítima en la Región Oriental del Golfo de México, firmado en Washington en enero de este año.

Este instrumento abarca un punto de interés fundamental para ambos países firmantes, por lo que es necesario entender su contenido y sus implicaciones. Más aún, será sumamente enriquecedor conocer las diferentes perspectivas de las valiosas personalidades que nos acompañan en este foro para esta discusión.

La delimitación territorial y marítima entre nuestro país y Estados Unidos se remonta décadas atrás. En ese sentido, se resaltan como antecedentes el Tratado para Resolver las Diferencias Fronterizas y Pendientes y para Mantener a los Ríos Bravo y Colorado como Frontera Internacional de 1970; el Tratado sobre Límites Marítimos de 1978; y el Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la Región Occidental del Golfo de México Más Allá de las 200 Millas Náuticas del año 2000.

De esta manera, el Tratado que hoy nos ocupa se suma al marco legal bilateral que México y Estados Unidos han consolidado en el tema de delimitaciones marítimas.

Los acuerdos que he mencionado contribuyeron a trazar buena parte de los límites de nuestro país con Estados Unidos. Sin embargo, este Tratado, a través de sus nueve Artículos, sirve para dar certidumbre jurídica respecto del llamado Polígono Oriental en las aguas del Golfo de México, el único tema pendiente hasta ahora en materia de delimitación marítima con Estados Unidos. Además, representa un interesante caso en el panorama internacional dadas las complejas consideraciones técnicas y científicas que debieron tomarse en cuenta para su negociación.

Si bien esta zona y la del Polígono Occidental -contemplado por el Tratado del 2000- pertenecen a Alta Mar, ambas son susceptibles de reivindicación por Estados caribeños, de acuerdo al derecho internacional; así que su definición en términos territoriales resulta pertinente.

Por lo tanto, este Tratado bilateral delimita el Polígono Oriental, cuya vecindad también se comparte con Cuba, demarcando el límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas; y reivindicando así el derecho a la plataforma continental extendida que corresponde a cada uno de los dos países. Todo ello, de conformidad con el artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), y el derecho consuetudinario.

Reconoce también la vigencia del marco jurídico existente en materia de yacimientos transfronterizos de hidrocarburos. Así, este instrumento motivó también su vínculo con el Acuerdo relativo a los Yacimientos Transfronterizos de Hidrocarburos en el Golfo de México de 2012, al asentar que sus disposiciones le serán aplicables a este límite marino.

A su vez, este instrumento contempla la posibilidad de que se sostengan consultas para atender cualquier asunto relacionado con la interpretación o ejecución de sus principios.

Este Tratado, así como todos aquellos destinados a la delimitación de la plataforma continental entre Estados, permite acotar las zonas para la respectiva exploración y explotación de los recursos naturales vivos y no vivos dentro de las zonas en cuestión, de manera que aporta claridad sobre los derechos atribuibles a cada Estado.

Adicionalmente, no sólo dota de certidumbre jurídica respecto de los derechos de soberanía en general, sino que enriquece ampliamente el estrechamiento de los lazos de amistad entre naciones vecinas, fundados en los principios de igualdad jurídica y cooperación.

Al celebrar este Tratado, nuestro país reafirma su compromiso por el respeto a las convenciones internacionales en la materia, específicamente la CONVEMAR de 1982, que entre otras, ha determinado los preceptos del derecho marítimo en la esfera internacional, ya por muchos años.

Esto nos permite además tener elementos, respaldados por el derecho internacional, para impulsar los intereses de México en el mundo, en seguimiento a las directrices de nuestra política exterior como la resolución pacífica de controversias y la proscripción del uso de la fuerza en las relaciones internacionales. Si queremos posicionar a nuestro país como un actor responsable y constructivo en la esfera global, debemos impulsar iniciativas como la que nos reúne hoy.

Después de los esfuerzos impulsados desde la década pasada por hacer posible la delimitación del Polígono Oriental en las aguas del Golfo de México, celebro la consecución de este acuerdo, que nutre la buena vecindad entre nuestro país y Estados Unidos.

Al mismo tiempo, reconozco la importancia que éste representa para la conducción amistosa de la relación bilateral, reitero el compromiso de la Comisión de Relaciones Exteriores de este Senado de la República para darle el pertinente seguimiento, en aras de asegurar siempre su adecuada ejecución e implementación transparente.

Una vez más, les doy la bienvenida a todos ustedes y hago votos porque este foro produzca los resultados esperados y contribuya a generar un panorama más amplio sobre este Tratado para su mejor comprensión.

Muchas gracias.​