Con el permiso de la presidencia;
Compañeras y compañeros legisladores;
La discapacidad se entiende como aquella restricción o impedimento de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano. La Discapacidad se caracteriza por excesos o insuficiencias en el desempeño de una actividad rutinaria normal, los cuales pueden ser temporales o permanentes, reversibles o surgir como consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta del propio individuo.
Actualmente, la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad señala que esta condición se entiende como un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan la participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones.
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, la prevalencia de discapacidad, junto con las personas que tienen algún problema o condición mental a nivel nacional, es de siete millones 168 mil 178, esta cifra resulta de la suma de los individuos que señalaron tener algún problema o condición mental y de los que dijeron tener alguna limitación para realizar sus actividades diarias.
Desafortunadamente las personas con discapacidad se enfrentan a muchos obstáculos, los cuales tienen un impacto directo en el acceso a los servicios, convirtiéndose en un impedimento para su desarrollo personal y profesional, comúnmente las personas con discapacidad han sido excluidas de una participación activa en la sociedad, y a la fecha carecen del reconocimiento pleno de algunos derechos humanos, ya que se les considera, que no pueden llevar a cabo las mismas actividades, en igualdad de condiciones que el resto de las personas.
Es por esto que se debe considerar la integración en la sociedad a las personas con discapacidad bajo un enfoque de derechos humanos, garantizando su participación en las políticas y programas de las esferas políticas, sociales y económicas del país con la finalidad de abatir la desigualdad y fomentar la cultura inclusiva.
De igual forma, existen diversos ordenamientos legales que garantizan el goce y ejerció de los derechos de las personas con discapacidad, en este contexto, la Constitución Política señala que está prohibida la discriminación por discapacidad, así como la incorporación en el artículo 4o. señalando que el Estado garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente en los términos que fije la Ley.
En este orden de ideas, la discusión del dictamen que nos ocupa, por el cual se reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, busca fomentar el respeto hacia las personas con discapacidad en todas sus formas y expresiones dentro de la transmisión de programas radiofónicos y televisivos, promoviendo la cultura de respeto hacia este sector de la sociedad.
Con esta modificación, se pretende robustecer el marco de actuación en materia de programación difundida a través de radiodifusión, televisión y audio restringidos, generando de esta forma los mecanismos de protección para garantizar la defensa del derecho a la igualdad y la no discriminación de las personas con discapacidad, en el marco de la libertad de expresión.
La reforma planteada, considera que la adición de esta fracción, se trata de un tema atinado al servicio público de radiodifusión y televisión cuya naturaleza representa un servicio público de interés general que brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores.
Derivado de lo anterior, se busca establecer de manera general el respeto que los medios de comunicación y quienes hacen uso de los mismos para difundir programas de distinta naturaleza, observen la condición humana de las personas con discapacidad, evitando "el error de ridiculizar o mostrar la discapacidad de una persona, cuando se trata de una persona con discapacidad".
En virtud de lo anterior, las y los Diputados integrantes del Partido Verde votaremos a favor del presente dictamen, porque estamos convencidos de que con estas modificaciones se fomentará el derecho de las personas con discapacidad, dentro del marco de la libertad de expresión y recepción de ideas e información.