Con su venia, diputado Presidente.

Compañeras y compañeros, la necesidad de seguridad del hombre ha sido el principal impulso del progreso de la humanidad. Es por esto que el hombre se ve en la necesidad de crear núcleos en los cuales pueda desenvolverse e identificarse.

El núcleo más básico es la familia, y es a partir de esta que surgen organizaciones sociales mucho más amplias que velan por la solidaridad y la protección mutua.

Para la Organización Internacional del Trabajo, el derecho humano a la seguridad social comprende la protección de una sociedad que proporciona a los individuos y a los hogares la seguridad al acceso a la asistencia médica y garantiza la seguridad el ingreso. En particular, en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad o pérdida del sostén de la familia.

Por su parte, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, en su observación general 19, plasma que el derecho a la seguridad social ha sido reafirmado categóricamente en derecho internacional, el cual incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales, ya sea en efectivo o en especie, en los mismos términos que lo manifiesta la OIT.

En este sentido, en 2001 la Conferencia Internacional del Trabajo, compuesta de representantes de los estados, empleadores y trabajadores, afirmó que la seguridad social es un derecho humano fundamental y un instrumento esencial para crear cohesión social.

El acceso a la seguridad social es una manera de garantizar el acceso a otros derechos humanos, como el derecho a la salud, el derecho a la subsistencia. Y tal como debe revisarse a la postre de los principios que la rigen.

Para el Partido Verde, asegurarnos de que las normas mexicanas sean respetuosas en todo momento de los derechos fundamentales, es una prioridad en nuestra agenda.

Al respecto, en este tema tan delicado e importante para las familias, como lo es la seguridad social, consideramos necesario derogar de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado el requisito que establece estar al menos seis meses casado para tener derecho a la prestación por viudez.

Consideramos que esta limitante no tiene razón de ser, ya que establecen un trato distinto a los beneficiarios de la pensión al brindar seguridad social condicionada a requisitos desiguales arbitrarios y subjetivos, pues el plazo de seis meses que instaura no es ni siquiera legalmente justificado, porque se soslaya que la muerte constituye un hecho fortuito.

Asimismo, se contraviene lo establecido en el artículo 1o. constitucional, debido a que dichas condiciones violan los derechos humanos de igualdad, equidad y seguridad social al restringir de manera indebida los derechos de las personas miembros de las familias y beneficiarios.

Por esta razón y en afán de eliminar las barreras que impiden la tutela efectiva de los derechos humanos de todos los mexicanos, así como facilitar el acceso a los mismos, es que la bancada del Partido Verde presentamos el día de hoy iniciativa con proyecto de decreto que propone precisamente la derogación de las fracciones que pretenden cuantificar con una medida de tiempo cuestiones imposibles, como serían la necesidad familiar o incluso el afecto de las personas.

Desde nuestra bancada buscaremos la aprobación de esta iniciativa, que no debemos permitir que se establezca indebidamente y que entorpezca los derechos fundamentales. Y así refrendamos una vez más nuestro compromiso por las causas sociales en beneficio de las familias mexicanas.

Es cuanto Presidente; gracias por su atención.