Con su venia Presidente.

Mañana 25 de noviembre se conmemora como cada año desde 1999, el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

El principal objetivo de este día, es sensibilizar a la población de uno de los problemas a los que se enfrentan miles de mujeres y niñas alrededor de mundo, y la mejor forma en la que nosotros los legisladores podemos conmemorar dicho día es, sin duda alguna, legislando sobre el tema.

La arraigada desigualdad entre mujeres y hombres en cuanto a los roles, los derechos y las oportunidades, junto con las actitudes y las normas sociales que toleran o normalizan la violencia, han convertido esta situación en un problema constante.

En datos de la ONU, una de cada tres mujeres del mundo ha sufrido violencia durante su vida, a menudo a manos de una persona conocida, querida y en la que confía.

Para que el fin de la violencia contra las mujeres y las niñas pueda hacerse realidad se requieren, entre otras cosas, leyes que protejan a las mujeres y castiguen a los perpetradores, servicios que ayuden a reconstruir las vidas de las mujeres y medidas de prevención integral de aplicación temprana y por supuesto de atención.

Ha habido avances importantes en los distintos ámbitos, no solo en el Legislativo, sino también en el Ejecutivo, sin embargo aún existe mucho por trabajar en la materia.

Es por esa razón que los diputados y diputadas del Partido Verde Ecologista de México presentamos ante esta Cámara de Diputados la iniciativa para juzgar con perspectiva de género, que reforma y adiciona diversas disposiciones el Código Penal Federal, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Nacional de Procedimientos Penales, propuesta que persigue los siguientes objetivos fundamentales.

Primero, que los operadores que realizan la función de juzgar, deban de manera obligatoria, verificar si existe una situación de violencia o vulnerabilidad que, por cuestiones género, impida impartir justicia de manera completa e igualitaria y de ser así, hagan los ajustes correspondientes.

Que en los casos de delitos cometidos por mujeres, los juzgadores tomen en consideración la relación existente entre la mujer  imputada y la víctima, a efecto de verificar si existieron condiciones de vulnerabilidad derivada de cualquier circunstancia, que atenúen la culpabilidad de la mujer.

Que en el caso de homicidio y lesiones, no se considere ventaja cuando el delito lo cometiera una mujer por  miedo o estado de riesgo derivado de los antecedentes de alguna relación preexistente entre ésta y la víctima o de las condiciones de vulnerabilidad, que hubieran incidido  en la comisión del ilícito atribuido.

Y por último, que en los casos de delitos sexuales en los que se empleare la violencia moral en contra de las mujeres, independientemente de si se configura como agravante o como elemento del tipo penal, se haga un análisis más allá de la violencia moral  materializada el día de los hechos que se le atribuyan al imputado, es decir, debe apreciarse el potencial estado de vulnerabilidad de la víctima frente a su agresor.

La propuesta parte de reconocer que en México hay  casi 15 mil mujeres en reclusión, que ingresan por delitos del fuero común y federal.

Parte también que en el "Diagnóstico sobre la incidencia de los delitos cometidos por las mujeres privadas de su libertad procesadas y sentenciadas", realizado por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, de esta Cámara de Diputados, se señala que: "Las mujeres se vinculan a delitos en materia de narcóticos, lesiones, robo y otros actos ilícitos, en gran medida porque, a su vez, ellas son víctimas de violencia de género, componente que no forma parte de las investigaciones ministeriales ni en la integración de los juicios penales instaurados en su contra".

Por eso, consideramos que en algunos casos, es necesario juzgar con perspectiva de género, ¿Qué significa esto?, implica aplicar una metodología que detecte y elimine todas las barreras y obstáculos que discriminan a las personas por condición de sexo o género, es decir, implica juzgar considerando las situaciones de desventaja que, por cuestiones de género, provocan discriminación e impiden la igualdad.

Si bien, se han hecho esfuerzos importantes, por ejemplo, el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que emitió el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, lamentablemente su aplicación no es obligatoria, no obstante que ha emitido criterios jurisprudenciales que instan a las autoridades impartidoras de justicia a aplicarlos para cerrar la brecha de la discriminación por género en el acto de juzgar.

Esta propuesta busca, entre otras cosas, garantizar la implementación de dicho protocolo.

Por último, decir que esta iniciativa de aprobarse será un elemento, sin duda, que coadyuve a la eliminación de las barreras que impiden el acceso a las mujeres de una justicia igualitaria, tanto cuando han tenido el papel de víctimas como de victimarias, a fin de que la impartición de justicia se rija bajo los principios de igualdad y no discriminación.

Pido a esta Cámara de Diputados que trabajemos en la aprobación de esta iniciativa, que sin duda alguna beneficia la construcción de la equidad en nuestro país.

Es cuanto.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO