· Taquicardia, temblores, falta de aire, aturdimiento, nauseas, pérdida de control, son algunos de los síntomas que padecen los animales cuando se les coloca pirotécnica o están cerca de ella.

Toda persona que utilice juegos pirotécnicos para hacer daño o cause la muerte a cualquier animal será sancionado hasta con 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, así lo dio a conocer el diputado local del Partido Verde Ecologista de México, Sergio Augusto López Ramírez, quien agregó que es un paso más que se da para la protección de estos seres vivos.

Indicó que el pleno legislativo aprobó por mayoría que se reformara la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Aguascalientes para prohibir el uso de manera intencional de pirotécnica con la intención de provocar la muerte, mutilación o cualquier tipo de daño a un animal, detalló que lamentablemente esta práctica es muy común y con esta modificación se continúa blindando a los animales.

El también presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático explicó que de acuerdo a organizaciones internacionales (Behavioral Ecology) cuando los animales están cerca de la pirotecnia o se le coloca este tipo de productos a aves, perros, gatos, caballos, toros, entre otras especies les genera taquicardia, temblores, falta de aire, aturdimiento, náuseas, pérdida de control, miedo y muerte, por lo que dijo que esta reforma es un hecho trascendente para la seguridad de estos seres vivos.

Comentó que aunque hoy ya es una realidad esta reforma, es necesario que las autoridades implementen campañas de difusión para generar una mayor cultura de respeto y trato digno a los animales ya que de lo contrario la persona deberá de pagar una sanción económica de alrededor de 43 mil 440 pesos.

El diputado del Partido Verde Ecologista de México en Aguascalientes, Sergio Augusto López Ramírez añadió que independientemente de esta reforma, si se detecta a una persona colocar este tipo de artículos pirotécnicos en animales, también deberá de pagar su falta de acuerdo a lo establecido en el Código Penal del Estado de Aguascalientes en el Capítulo XVIII relacionado con los Tipos Penales Protectores del Equilibrio Ecológico.