Con su venia presidenta.
Compañeras y compañeros legisladores:
Hoy presento ante este pleno una iniciativa que, aunque pudiera parecer de forma, es en realidad de fondo.
Una iniciativa que no solo actualiza expresiones dentro del Código Penal Federal, sino que responde a una exigencia constitucional. Reconocer plenamente a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derecho.
Durante muchos años, nuestro marco jurídico utilizó el término "menores" para referirse a niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, hoy sabemos que este término resulta insuficiente y, además inadecuado.
No se trata solamente de una discusión semántica. Se trata de la forma en que el Estado nombra, reconoce y protege.
Cuando una ley utiliza expresiones que parten de una visión disminuida de la infancia, reproduce una lógica que ya ha sido superada por nuestro orden constitucional.
Hoy, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece con toda claridad el principio del interés superior de la niñez.
Este principio obliga a que, en toda decisión y actuación del Estado, se garantice de manera plena la protección y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
A su vez, la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita y ratificada por México, reconoce que las niñas, niños y adolescentes no son objetos de asistencia ni simples receptores de protección, sino personas titulares de derecho.
Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido clara al señalar que debe abandonarse el término "menores" para referirse a niñas, niños y adolescentes, precisamente para respetar el principio de su interés superior y su derecho a la igualdad y a la no discriminación.
Esto es muy importante. Porque el lenguaje jurídico no es neutro. El lenguaje en la ley no solo describe; también construye realidades, orienta interpretaciones y define el alcance de la protección del Estado.
Por eso, cuando una norma sigue empleando categorías que no reconocen plenamente la condición de niñas, niños y adolescentes como personas titulares de derecho, el derecho llega tarde, llega incompleto o llega mal.
La presente iniciativa busca, justamente, armonizar diversas disposiciones del Código Penal Federal.
Esta reforma de manera concreta: En primer lugar, sustituye de manera expresa la referencia a "menores" por la de "niñas, niños y adolescentes" en diversos artículos del Código Penal Federal. No es una sustitución aislada. Es una armonización integral en múltiples disposiciones para que el lenguaje penal sea congruente con el modelo de Derechos humanos que hoy rige en nuestro país.
En segundo lugar, actualiza denominaciones de capítulos y títulos completos del propio Código. Por ejemplo, donde todavía se habla de delitos cometidos contra "personas menores de dieciocho años", se propone precisar que se trata de delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes.
Eso ocurre en capítulos relacionados con corrupción, pornografía, turismo sexual, lenocinio, trata y cohabitación forzada.
También se actualizan disposiciones sobre reparación del daño, prescripción, agravantes, abandono, lesiones, privación de la libertad y otros supuestos en los que hoy el texto legal sigue utilizando terminología ya rebasada por la evolución constitucional de los derechos de la infancia. El término "menores".
Estamos ante una revisión amplia del lenguaje penal para ponerlo a la altura de la Constitución, de los tratados internacionales y del desarrollo jurisprudencial de nuestro país.
Esta reforma no crea nuevos delitos ni incrementa penas. Pero sí fortalece algo esencial: la certeza jurídica, la congruencia normativa y la protección reforzada que merecen las niñas, niños y adolescentes.
Hablar de niñas, niños y adolescentes no es una concesión discursiva; es reconocer explícitamente su dignidad, su individualidad y su condición de titulares plenos de derecho.
Ese reconocimiento importa en sede judicial.
Importa en la interpretación ministerial.
Importa en la argumentación de las fiscalías.
Importa en las resoluciones de los tribunales.
Porque cuando el derecho nombra bien, también protege mejor. Y cuando el Estado armoniza sus leyes con el principio del interés superior de la niñez, no solo corrige palabras: corrige inercias, corrige visiones y fortalece la justicia.
Este pleno tiene hoy la oportunidad de avanzar hacia un marco penal más congruente, más respetuoso y humano.
Un marco que reconozca a la infancia y a la adolescencia desde la dignidad. Un marco que haga visible, también desde el lenguaje de la ley, que las niñas, niños y adolescentes son personas con voz, con derechos y con protección reforzada por parte del Estado.
Por ello, les invito a acompañar esta iniciativa. Porque al armonizar el Código Penal Federal con la Constitución, con los tratados internacionales y con los criterios de la Suprema Corte de Justicia no solo actualizamos términos, fortalecemos el Estado de derecho, la protección de la infancia y damos un paso firme hacia una justicia más igualitaria, más sensible y más congruente.
Es cuanto.









