Con la venia de la presidencia.

"Si las mujeres continuamos por el camino que vamos, llegaremos a cambiar la historia" Rita Segato.

La violencia contra las mujeres es definida como cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.

Estudios de la Organización Mundial de la Salud muestran que la violencia por parte de una pareja íntima es la forma más común de violencia contra mujeres en el mundo y se ha documentado una asociación entre la violencia contra las mujeres y una serie de problemas de salud física y mental que las afectan.

De acuerdo con la última Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, realizada en 2016, de los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que residían en el país, aproximadamente 30.7 millones, 66.1 por ciento, habían padecido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o de discriminación en la escuela, en el trabajo, en su comunidad, en la familia o en su relación de pareja. De manera desagregada, el 25.6 por ciento de las encuestadas declaró haber sufrido violencia de pareja.

Lo anterior nos da cuenta del cáncer en el que se ha convertido la violencia doméstica hacia las mujeres en nuestro país, pues para un buen número de mujeres y niñas mexicanas el hogar hoy representa un lugar de miedo y de abuso.

Lamentablemente, se considera que existe un subregistro de la violencia doméstica que sufren las mujeres en nuestro país, pues las formas más evidentes son los gritos, golpes, humillaciones y descalificaciones, pero hay otro tipo de violencia más sutil que puede incluir lenguaje no verbal miradas, gestos, ademanes, tensión muscular y cambio en el tono de la voz.

Este tipo de violencia no deja marcas y una de las razones por la que no se detecta es porque se considera normal. Sin embargo, en muchas ocasiones estas acciones son solo el comienzo de un proceso que, de no ponerle un alto a tiempo, puede tener consecuencias fatales.

Aunque algunos le restan importancia a la violencia que se ejerce a pequeña escala en contra de las mujeres en su hogar se debe tener en cuenta que, en muchas ocasiones, ésta es solo el preámbulo de diversas consecuencias derivadas de ella como discapacidades, mutilaciones, pérdida irremediable de la salud mental, lesiones y, en el peor de los casos, la muerte.

Con el propósito de atender lo anterior, en nuestro país existe una red de refugios para mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos, la cual articula esfuerzos entre el gobierno y la sociedad civil para proteger la vida y la integridad de las mujeres agredidas por sus parejas y promover su acceso a la justicia.

Estos espacios en donde se brinda atención especializada e integral de manera gratuita a las víctimas de violencia han demostrado ser un mecanismo efectivo para poner a las mujeres a salvo de sus agresores cuando ésta llega a situaciones extremos, lo cual, en muchos casos, ha hecho la diferencia entre la vida y la muerte.

Lamentablemente, el número de refugios existentes en el país resulta limitado para atender la demanda de mujeres víctimas de violencia doméstica, más aún en el contexto de la pandemia, la cual vino a agudizar a través del confinamiento en los hogares la violencia que se ejerce contra las mujeres en el ámbito doméstico.

Teniendo en cuenta lo anterior, el pasado 17 de marzo de 2021 este Pleno de la Cámara, gracias al impulso de quienes integramos la Comisión de Igualdad de Género la pasada legislatura, aprobó una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer que las entidades federativas y municipios garantizarán la creación, operación o fortalecimiento de al menos un refugio para víctimas de violencia, en cada municipio o alcaldía. La Minuta correspondiente está en análisis en el Senado de la República y hacemos votos para que a la brevedad pueda concluir su proceso legislativo.

Si bien lo anterior representará un gran avance en materia de protección a las mujeres víctimas de violencia, es importante señalar, que los refugios para ellas carecen de presupuesto para operar, por lo cual varias organizaciones han exhortado de manera continua a que el Estado mexicano establezca un mecanismo presupuestario que les garantice contar con recursos de manera permanente, de tal forma que puedan trabajar todo el año sin ningún tipo de carencia.

Lo anterior es precisamente el objeto de la iniciativa que hoy propongo ante ustedes a nombre de las y los integrantes de mi Grupo Parlamentario, la cual busca adicionar en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la obligación de la Federación, las entidades federativas y los municipios de instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias para garantizar la asignación ágil y oportuna de recursos suficientes para la creación, operación y fortalecimiento de los refugios para las mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos.

Es cuanto, muchas gracias.