Con su venia señor presidente, compañeras y compañeros legisladores.

En México 5.5 millones de personas trabajan en el campo en actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas, forestales o mixtas. Son 24 millones de personas en total, las que se mantienen de dicha actividad en nuestro país, lo lamentable es que en este sector social es donde las diferencias económicas se encuentran marcadas con mayor claridad.

En educación, el rezago social es importante, con datos de INEGI, el 63 por ciento de los trabajadores del campo solo concluyó la primaria y el 25 por ciento la secundaria, aunado a esto el 90 por ciento de los trabajadores gana menos de 200 pesos al día en jornadas mayores a 8 horas y el 94 por ciento carece de acceso a las instituciones de salud; aun cuando el capítulo 8, titulo sexto que se refiere a los trabajadores del campo, de la ley federal del trabajo, en sus artículos 280, 283 prevé que tienen derecho a la seguridad social.

Los números son duros y preocupantes. Esa iniciativa va dirigida a más de los 40 mil colimenses que trabajan en los campos en mi estado, que representan el 12 por ciento de la población laboral.

De acuerdo a la Ley Laboral, si un jornalero del campo logra trabajar de manera ininterrumpida por 27 semanas se presume en su favor la permanencia, sin embargo muchos patrones encuentran en la figura de la sustitución una forma de evadir dicha presunción.

Por ejemplo, en Colima un trabajador puede estar colaborando en una parcela que se encarga del cultivo de caña, durante 4 meses al año y después es contratado por algún socio en la misma parcela para realizar el mismo trabajo, la misma función, pero ahora con otro patrón.

En este caso existe una simulación clara, violentando los derechos laborales de los trabajadores para que no se pueda presumir su permanencia, por ello se propone la reforma a los artículos 279 ter y 280 de la Ley Federal del Trabajo para reducir a 16 semanas el periodo para que los trabajadores del campo puedan presumir su permanencia, además de que no puedan ser contratados por patrones diferentes para desempeñar en el mismo lugar las mismas actividades y fines en una misma temporada de obra o cultivo.

Otra obligación del patrón es entregar a cada trabajador, una constancia en la que se señalen los días laborados y los salarios totales, sin embargo en la ley no se estable que este documento esté firmado por el patrón, que traiga su RFC o logotipo de la empresa, lo que resta validez en algún caso de juicio laboral. Es muy común que muchos trabajadores reciben sólo una hoja con los datos sin ningún dato de su patrón.

Por eso es que también se propone una reforma para que en dicho documento que es obligación del patrón, se lleve el nombre del mismo y la firma, así como los datos completos de los trabajadores y el tiempo en que se ha desempeñado. Esperamos con eso seguir contribuyendo en la justicia social en favor de los trabajadores del campo.

Muchas gracias presidente, es cuanto.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO