*Urge garantizar derechos en espacios públicos, la no discriminación y derecho a empleo

El Vice Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde, Javier Herrera Borunda, promovió una iniciativa para expedir la Ley de los Derechos de las Personas Usuarias de Perros Guía o de Asistencia Médica.

La iniciativa del legislador veracruzano busca garantizar el libre acceso a espacios públicos, erradicar la discriminación y fomentar la igualdad de movilidad y accesibilidad de quienes requieren del apoyo de esos animales.

La propuesta establece que el usuario de un animal de ayuda no puede ser segregado en procesos de selección laboral, ni en el cumplimiento de su tarea profesional; tampoco en su puesto de trabajo, lugar en donde tendrá derecho a mantener al perro a su lado, en todo momento.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, precisa que las personas con discapacidad o enfermos crónicos tendrán derecho de acceder acompañados de su canino a empresas, instituciones públicas o privadas, u organizaciones en donde lleven a cabo su actividad profesional, en las mismas condiciones que los demás trabajadores.

Destaca que los usuarios de perros guía pueden hacer uso de instalaciones de ocio y tiempo libre; deportivas, incluidas las piscinas hasta el margen de la zona de agua; instituciones oficiales, incluso edificios judiciales; de educación a todos los niveles, tanto públicas como privadas, así como museos y locales de uso público o de atención al público.

Asimismo, otorga preferencia a personas con discapacidad en el uso de las áreas reservadas en transportes públicos; subraya que el cuadrúpedo pagará la cuota correspondiente a infantes y de acuerdo al espacio y tipo de esos vehículos.

Los caninos también podrán acceder a estaciones de cualquier tipo de transporte público, centrales camioneras, estaciones de tren, del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, aeropuertos y puertos marítimos. Además podrán asistir a alojamientos y otros establecimientos turísticos: hoteles, albergues, campamentos, búngalos, apartamentos, campings, balnearios, parques acuáticos, de atracciones, temáticos y zoológicos, y lugares turísticos en general.

Herrera Borunda consideró urgente legislar en esta materia, pues la población que se acompaña de esos caninos adiestrados, permanece soslayada y sin norma que proteja sus derechos, establezca sus obligaciones y responsabilidades, así como sanciones. En cuanto a los canes, en la iniciativa se les clasifican como perros guía, de señal, de servicio, de aviso o alerta médica, incluso para personas con trastornos del espectro autista.

Detalla que para reconocer a un perro como de asistencia, se requerirá cumplir con la acreditación de que, efectivamente, cumple con las aptitudes de adiestramiento precisas para llevar a cabo las funciones de acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad visual, auditiva, física y con enfermedades crónicas.

Su condición de perro de asistencia, una vez reconocida, se mantendrá a lo largo de su vida, a menos que la escuela considere necesario retirarlo o jubilarlo, precisa el documento. Los usuarios tendrán que acreditar mediante certificado veterinario que el animal no padece ninguna enfermedad infecto-contagiosa o parasitaria; especialmente, ninguna que sea transmisible al hombre. También, deberá estar vacunado contra parvovirus, moquillo, adenovirus, leptospirosis, parainfluenza, rabia y cualquier otro padecimiento que establezcan las autoridades sanitarias.