El día de hoy nos encontramos discutiendo un tema de la Comisión de Salud, que pareciera ser un asunto menor, ya que sólo se incluye la palabra "farmacia" al texto del Art. 79 de la Ley General de Salud, sin embargo debemos reconocer las importantes implicaciones que tiene dicha adición.

La salud es sin duda un referente para alcanzar una mejor calidad de vida en las personas al paso de las legislaturas; uno de los temas recurrentes en las propuestas de la ley, ha sido su reconocimiento como derecho humano y sobre todo de la necesidad de diseñar mecanismos que garanticen su protección, el acceso a la misma y su calidad.

Otro de los temas importantes y necesarios de atender ha sido la profesionalización en todos los involucrados en el sector.

En la actualidad ya va en aumento la demanda de servicios médicos de bajo costo, lo cual ha provocado la multiplicación de farmacias que cuentan con orientación médica. Esta situación conlleva a retos que impactan directamente en la profesionalización del personal que presta servicios en las farmacias, pues en gran medida depende de ellos la medicación de las personas que acuden a dichos establecimientos por enfermedades que se consideran sencillas y fáciles de tratar.

El texto vigente del Art. 79 de la Ley General de Salud, hace alusión a aquellas actividades profesionales que requieren que los títulos y certificados de profesionalización sean legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.

La medicina; odontología; veterinaria; biología; bacteriología; enfermería; trabajo social; química; psicología; ingeniería sanitaria y nutrición; son algunas de las profesiones que se encuentran en el supuesto señalado, en el cual se pretende incluir las actividades farmacéuticas.

Hay quienes afirman que en México el papel del farmacéutico es poco valorado, de ahí que la autoridad sanitaria no siempre exige que en cada farmacia labore por lo menos uno de estos especialistas.

En las farmacias se hace vigilancia de las dosis sanitarias y uso racional del medicamento, para ello se requiere de la presencia de dichos especialistas, los cuales también tienen la responsabilidad de revisar las recetas médicas. Esta actividad parece fácil, pero no lo es y no puede hacerla un dependiente cualquiera, ya que no solo se trata de entregar un medicamento sino hacerlo de manera profesional, asumiendo la responsabilidad de lo que se entrega, pues se encuentra de por medio la salud de las personas.

Creemos que la modificación propuesta, además de contribuir a garantizar la protección de la salud, abona a que la sociedad tenga la certeza de que quien suministra sus medicamentos en las farmacias tenga el conocimiento de lo que está entregando.

Es por ello que coincidimos con lo determinado por la Comisión Dictaminadora y reconocemos el importante avance en la participación del profesional farmacéutico en el establecimiento de políticas y estrategias que tiendan a hacer un uso racional de los medicamentos, que favorezcan una mayor seguridad en la farmacoterapia y que permitan una mayor calidad en la atención de los pacientes

Coincidimos en que resulta imprescindible otorgar a estos profesionales el carácter jurídico que les corresponde a través del reconocimiento como profesionista dentro del equipo de salud, en beneficio de la propia profesión y sobre todo para seguridad de la población.

Por ello, a nombre de los que integramos el Partido Verde Ecologista de México, manifiesto nuestro voto a favor del dictamen por lo que se modifique el Art. 79 de la Ley General de Salud .

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