Con su venia Diputada Presidenta:

La conmemoración del Día Internacional de la Mujer, es una oportunidad para revisar avances y pendientes en la lucha por la igualdad de género, el empoderamiento de todas las niñas y mujeres y, por supuesto, esta lucha por la igualdad pasa por eliminar obstáculos que impiden ejercerla, uno de ellos es la violencia de género.

En nuestro País, el índice de violencia en contra de las mujeres sigue siendo preocupante. Pese a los esfuerzos realizados aún queda mucho por hacer.

En efecto, la violencia de género es una práctica social ampliamente extendida en México, ya que 63 por ciento de mujeres de 15 años y más, han experimentado al menos un acto de este tipo y en la mayoría de los casos el agresor es la pareja de la víctima.

Muchas mujeres no solamente son víctimas de violencia, sino que además, cuando por fin se deciden a tomar medidas legales, constantemente son revictimizadas por las autoridades ya que éstas en general son lentas en su actuación y no toman en cuenta que cuando una mujer acude a denunciar violencia doméstica tanto su integridad, como su vida, corren grave peligro en algunos casos.

Por tales motivos, es que hoy pongo a consideración de ustedes Diputadas y Diputados diversas reformas para hacer más efectivas y tutelares las medidas precautorias de protección a las mujeres.

Dichas medidas que contemplan tanto la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como el Código Nacional de Procedimientos Penales, son de diversa naturaleza, algunas son tendientes a la protección directa de la integridad física de la víctima, tales como la prohibición de que el imputado se acerque a ésta, la separación inmediata del domicilio, el acceso al domicilio en común de autoridades policíacas o de personas que auxilien a la Víctima.

Otro conjunto de medidas, son para evitar abusos de naturaleza en el ejercicio de sus derechos civiles, como por ejemplo, realizar inventario de los bienes muebles e inmuebles de propiedad común a fin de evitar que el sujeto agresor sustraiga a la mujer de estos bienes; la entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima y de sus hijas e hijos.

La iniciativa tiene por objeto que cuando exista un riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de las mujeres, el ministerio público ante el que se presenta la denuncia, pueda dictar las medidas de protección de emergencia y preventivas, sin tener que esperar a que se lo ordene un juez o que lo pueda hacer un juez, cuando la víctima o el Ministerio Público, no se lo hubieren solicitado pero adviertan un riesgo para la víctima.

Lo anterior se propone porque, es innegable que en los aparatos ministerial y judicial, aún existen inercias y resistencias que romper, que el desconocimiento del ciclo de la violencia que sufren las mujeres torna a los servidores públicos en muchos casos indiferentes para tomar decisiones eficaces y oportunas con fines de protección en favor de aquéllas.

Además, hay que reconocer que cuando la mujer acude y denuncia ante el Ministerio Público, la violación que sufre, pone en riesgo su integridad, y se encuentra en un estado de mayor vulnerabilidad ante el agresor o agresores, quienes comúnmente toman revancha ante la denuncia que formulan las mujeres.

Es por ello que el Estado debe garantizarles su seguridad e integridad, y para ello, proponemos un sistema de protección más amplio en cuanto a medidas cautelares y precautorias que se pueden dictar para salvaguardar a las mujeres y que este se pueda otorgar en el momento oportuno.

No basta con establecer un listado de medidas tendientes a proteger a las mujeres víctimas de violencia, sino que es necesario que éstas sean aplicadas en el momento adecuado -que en muchas ocasiones es a partir de que la víctima denuncia- y para ello, se debe facultar al Ministerio Público para este las pueda dictar.

Esto es algo que ya se ha llevado a cabo en otras entidades federativas, es algo que hace varios años se estableció en Colima y que, insisto, es algo que puede salvar la vida de una mujer cuando ésta va y denuncia violencia.

Son muchos los casos en que mujeres que acudieron a denunciar algún tipo de violencia ejercida en su contra y le refirieron al Ministerio Público que temían por su vida, sin embargo éste no pudo darles protección por no estar facultado a otorgarla.

Por esa razón, se propone que tanto el ministerio público como los jueces puedan aplicar de manera oficiosa las medidas y principalmente que por primera vez se establezca que el Ministerio Público pueda hacerlo.

Además, que cuando sea el Ministerio Público quien dicte la medida, insisto, no requiera de la autorización judicial. Lo anterior con el objeto de tomar las acciones necesarias y conducentes mientras el riesgo en contra de las mujeres, subsista.

Insisto, la lucha por la igualdad pasa por garantizar la integridad física, psíquica o emocional de las mujeres.

Como legisladores estamos obligados al perfeccionamiento de la norma para lograr que ésta, al menos en papel, considere siempre la máxima protección del Estado para las mujeres violentadas.

Los casos que hoy se han dado de mujeres asesinadas por sus victimarios, tras presentar una denuncia de violencia como fue el caso de Julieta Paola Suaste Hurtado, cuyo cuerpo fue encontrado en el Distrito Federal el 24 de agosto de 2015 obligan a las autoridades a hacer una reflexión del ejercicio de la justicia.

A cada quien toca hacer su parte. Los juzgadores y ministerios públicos deben cumplir a cabalidad lo establecido en la norma.

A nosotros como legisladores nos toca garantizar que la norma sea la idónea. Dar al Ministerio Público la facultad de dictar medidas precautorias o cautelares puede, sin exagerar, salvar vidas, obligando a las autoridades a actuar con diligencia en el momento que así se requiere.

En vano serán los esfuerzos por querer transformar a la sociedad bajo relaciones pacíficas y respetuosas, si no empezamos por el fortalecimiento de la defensa de los individuos en particular, de las mujeres cuando se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y de la transformación, también, de los servidores públicos que institucionalmente están obligados a protegerlas.

Es cuanto Presidenta.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO