VELASCO PLANTEA NUEVAS TECNOLOGÍAS PARA MEJORAR LA SEGURIDAD

NECESARIO CONSIDERAR GRAVES TODOS LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE: PVEM CDMX

PROMUEVE EL DIPUTADO JUAN CARLOS NATALE PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL MÓDULO DE INFORMACIÓN DEL RÍO ATOYAC, EN PUEBLA.

PRECISO GARANTIZAR QUE CUALQUIER ACTO DE CONTAMINACIÓN INTENCIONAL SEA SANCIONADO: PARTIDO VERDE

LA NIÑEZ EN SITUACIÓN DE ORFANDAD TIENE GARANTIZADA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS POR PARTE DEL ESTADO: DIPUTADA EUNICE MONZÓN.

VELASCO PLANTEA NUEVAS TECNOLOGÍAS PARA MEJORAR LA SEGURIDAD
NECESARIO CONSIDERAR GRAVES TODOS LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE: PVEM CDMX
PROMUEVE EL DIPUTADO JUAN CARLOS NATALE  PROYECTO DE  REHABILITACIÓN DEL MÓDULO DE INFORMACIÓN DEL RÍO ATOYAC, EN ...
PRECISO GARANTIZAR QUE CUALQUIER ACTO DE CONTAMINACIÓN INTENCIONAL SEA SANCIONADO: PARTIDO VERDE
LA NIÑEZ EN SITUACIÓN DE ORFANDAD TIENE GARANTIZADA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS POR PARTE DEL ESTADO: DIPUTADA ...

Muchas gracias señor presidente, con su venia.

Muy buenas tardes compañeras y compañeros quisiera comenzar destacando el arduo trabajo que este dictamen representa y el cual es producto de más de cuatro años de trabajo intenso, que iniciaron con la primera iniciativa presentada en el año 2013, los senadores que hemos participado en el estudio y en el tema del diseño del dictamen tenemos el firme propósito de lograr la mejor ley posible para todas esas familias que sufren la ​​zo​z​obra de no saber dónde se encuentra un hijo un padre o bien un hermano.

En otras ocasiones he tenido la oportunidad de mencionar que toda ley es per​f​e​cp​tible, que mejor que se logre dar el mejor resultado antes de que esta comience su vigencia, con la finalidad de lograr mayor certeza y seguridad jurídica para las familias que buscan a un ser querido y lograr la colaboración de la ciudadanía, en ello es que en este momento presento en un mismo acto las reservas sobre los artículos 53 en su fracción XXX, y 99 fracción XIX.

Conforme al artículo 53, la Comisión Nacional de Búsqueda tiene la atribución de visitar la difusión de boletines relacionados con la búsqueda de zonas desaparecidas o no localizadas, la rapidez con la que se actúe es fundamental para lograr su localización, por la importancia del caso y la urgencia de la situación, los boletines deben trasmitirse a la brevedad y el Estado debe de usar todos los medios que tenga a su alcance para lograr la mayor y la mejor difusión de la información que permita localizar y poner a salvo a la persona.

Los tiempos oficiales son un recurso con los que cuenta el Estado mexicano y que le permite tener un espacio en los medios de comunicación del que puede disponer y su contenido tenga la utilidad para la sociedad.

Dar con el paradero de un persona y poder hacer que regrese a casa con las personas que lo estiman es motivo suficiente para disponer de estos espacios oficiales, por tal motivo resulta necesario precisar esta situación en el artículo 53 y modificar su fracción XXX.

Situación parecida ocurre en el artículo 99 donde se mencionan los requisitos mí​n​i​m​os que tendrán los protocolos de búsqueda en su elaboración, deberán incluirse los mecanismos de difusión en medios de comunicación y redes sociales para difundir el perfil de la persona desaparecida o no localizada, en este supuesto nuevamente, es pertinente precisar que el Estado debe disponer de los tiempos oficiales para hacer públicos los datos que permitan localizar a la persona y darles inmediata publicidad, en los casos en donde una persona desaparece o no es localizada, el tiempo de respuesta de la autoridad es crucial y se deben tomar todas acciones necesarias para difundir información que colabore en su ubicación.

Por las razones anteriores presento reservas para modificar los artículos 53 y 99 para quedar de la siguiente manera:

Artículo 53.- La Comisión Nacional de Búsqueda tiene las siguientes atribuciones:

En la fracción mencionada, solicitar a los concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones de conformidad con la legislación en la materia dentro de las transmisiones correspondientes a los tiempos de Estado y por conducto de la autoridad competente previa autorización de los familiares, la difusión de los boletines relacionados con la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas.

En el artículo 99, dice, los protocolos deberán elaborarse con perspectiva de género, de niñez y de derechos humanos, en lo que corresponda a cada uno contendrán al menos lo siguiente:

Fracción XIX.- Los mecanismos de difusión para la colaboración ciudadana en la búsqueda a través de medios de comunicación en redes sociales y para la difusión del perfil para la persona desaparecida o no localizada en los términos de la legislación aplicable y en su caso dentro de las transmisiones correspondientes a los tiempos de estado.

Esa es la reserva que someto a consideración de este pleno, esperando sea atendida para que pueda ser más ágil al servicio de la ciudadanía.

Por su atención muchas gracias.

Es cuanto presidente.​

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 MUROS VERDE, MUROS DE VIDA.

 MUROS VERDE, MUROS DE VIDA.



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